La Ley de Respuesta al Coronavirus de Families First (FFCRA, por sus siglas en inglés) requiere que las empresas proporcionen baja por enfermedad, baja familiar y médica pagada, además de créditos fiscales para las ausencias pagadas y seguro de desempleo ampliado.
¿Qué tipo de empresas tienen que cumplir?
Sin embargo, las empresas con menos de 50 empleados pueden solicitar una exención de la Secretaría del Trabajo con una explicación de cómo la prestación de baja remunerada pondría en peligro la empresa.
La Ley de Ausencia Familiar y Médica (FMLA) se amplía bajo FFCRA y requiere que las empresas con menos de 500 empleados brinden a los empleados hasta 10 semanas de FMLA remunerada con dos semanas sin pagar. Esto incluye:
¿Qué empleados son elegibles?
Creada bajo la FFCRA, la Ley de Baja por Enfermedad Pagada de Emergencia (EPSLA, por sus siglas en inglés) requiere que las empresas con menos de 500 empleados ofrezcan baja por enfermedad remunerada a los empleados elegibles. Los empleados de tiempo completo pueden recibir hasta 80 horas de baja por enfermedad remunerada y los empleados de tiempo medio pueden recibir el pago en función del número promedio de horas trabajadas en un período de dos semanas. La baja por enfermedad pagada de emergencia se ofrece además de cualquier baja por enfermedad existente y/o tiempo libre remunerado que ya ofrece la empresa. La Ley entrará en vigencia del 1 de abril al 31 de diciembre de 2020.
Los empleados que son elegibles para recibir baja por enfermedad a la tarifa regular tendrán un tope de $ 511 por día y $ 5,110 en total. Las empresas pueden reclamar el crédito de baja por enfermedad pagada para cubrir estos costos de baja remunerada. Los empleados deben ser:
Los empleados que son elegibles para recibir baja por enfermedad a la tasa de ⅔ tendrán un tope de $200 por día y $2,000 en total. Las empresas pueden reclamar el crédito de baja por cuidado infantil para cubrir estos costos de baja remunerada. Los empleados deben:
Los créditos tributarios de baja por enfermedad pagada y baja por cuidado infantil son créditos tributarios reembolsables de nómina para reembolsar de inmediato a Las empresas por el costo de proporcionar baja relacionada con el coronavirus a sus empleados. Las empresas reciben un reembolso del 100% por ausencias pagadas, incluyendo los costos de seguro médico. Las empresas no enfrentarán una obligación tributaria sobre la nómina. Los trabajadores independientes también pueden recibir un crédito equivalente. Para más información, visite el IRS.
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